Tribunal Constitucional ordena reintegro del coronel Pedro Julio Goico Guerrero (PEPE)

Tribunal Constitucional dispone Ministro Defensa Carlos Luciano Díaz Morfa y Estado Mayor de las Fuerzas Armadas tramitar al Poder Ejecutivo reintegro del coronel Pedro Julio Goico Guerrero (PEPE).

El Tribunal Constitucional ordenó al ministro de Defensa Carlos Luciano Díaz Morfa y al Estado Mayor de las fuerzas Armadas tramitar ante el Poder Ejecutivo el reintegro del coronel Pedro Julio Goico Guerrero (PEPE).

Asimismo, el más alto tribunal de la República impuso una astreinte (sanción económica) de 10 mil pesos diarios por cada día que pase sin ejecutar la sentencia al ministro de Defensa Díaz Morfa y al Estado Mayor de las Fuerzas Armadas.

El Estado Mayor de las Fuerzas Armadas lo integran los comandantes del Ejército, Carlos Fernández Onofre; de la Fuerza Aérea, y la Armada

“ORDENAR al Ministerio de Defensa, a su ministro, teniente general E.R.D., Carlos Luciano Díaz Morfa, y al Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, dar cumplimiento al artículo 41, numeral 4, de la Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas, y en consecuencia, tramitar ante el Poder Ejecutivo la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00540, del doce (12) de octubre de dos mil veintiuno (2021), dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), a los fines de ejecución de la misma”, precisa la sentencia en el numeral cuatro del dispositivo.

La decisión se fundamenta además en la aplicación de la Ley 139-13 Orgánica de las Fuerzas Armadas en su numeral 4 que se refiere a que el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas como máximo órgano para la toma de decisiones de las Fuerzas Armadas es competente para “conocer de las solicitudes de reintegro de oficiales a las Fuerzas Armadas en aquellos casos específicos a que se refiere la Constitución, la presente ley y su reglamento de aplicación, previo estudio y recomendación del Estado Mayor de la institución militar a la cual haya pertenecido el oficial solicitante, de acuerdo a lo estatuido en los artículos 105 y 107 de la presente ley”.

“IMPONER el pago de una astreinte solidaria de diez mil pesos dominicanos con 00/100 ($10,000.00) contra el Ministerio de Defensa y los integrantes del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, por cada día de retardo en el cumplimiento de esta sentencia, contados a partir de cinco (5) días hábiles de su notificación, a favor del accionante, señor Pedro Julio Goico Guerrero”, precisa la decisión en su numeral cinco del dispositivo de la sentencia.

La decisión número 0846 del 23 de diciembre del 2023 fue emitida el  27 de diciembre del 2023,  aunque fue dada a conocer recientemente está firmada por los jueces  Milton Ray Guevara, entonces juez presidente; Rafael Díaz Filpo, juez primer sustituto;José Alejandro Ayuso, juez; Alba Luisa Beard Marcos, jueza; Manuel Ulises Bonnelly Vega, juez; Domingo Gil, juez; María del Carmen Santana de Cabrera, jueza; Miguel Valera Montero, juez; José Alejandro Vargas Guerrero, juez; Eunisis Vásquez Acosta, jueza; Grace A. Ventura Rondón, secretaria.

Dispositivo de la sentencia

Decide

PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Pedro Julio Goico Guerrero, contra el Ministerio de Defensa y el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas.

 SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Pedro Julio Goico Guerrero y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 0030-04-2022-SSEN-00050, del ocho (8) de febrero de dos mil veintidós (2022), dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo.

TERCERO: DECLARAR procedente la acción de amparo de cumplimiento interpuesto por el señor Pedro Julio Goico Guerrero contra el Ministerio de Defensa, su ministro, teniente general E.R.D., Carlos Luciano Díaz Morfa, y el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 104, 105, 106 y 107 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011).

CUARTO: ORDENAR al Ministerio de Defensa, a su ministro, teniente general E.R.D., Carlos Luciano Díaz Morfa, y al Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, dar cumplimiento al artículo 41, numeral 4, de la Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas, y en consecuencia, tramitar ante el Poder Ejecutivo la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00540, del doce (12) de octubre de dos mil veintiuno (2021), dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), a los fines de ejecución de la misma.

QUINTO: IMPONER el pago de una astreinte solidaria de diez mil pesos dominicanos con 00/100 ($10,000.00) contra el Ministerio de Defensa y los integrantes del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, por cada día de retardo en el cumplimiento de esta sentencia, contados a partir de cinco (5) días hábiles de su notificación, a favor del accionante, señor Pedro Julio Goico Guerrero.

SEXTO: ORDENAR, por secretaría, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente, señor Pedro Julio Goico Guerrero; a la parte recurrida, Ministerio de Defensa, su ministro teniente general E.R.D., Carlos Luciano Díaz Morfa, al Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas; y a la Procuraduría General Administrativa

SÉPTIMO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72, in fine, de la Constitución; 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011).

OCTAVO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Firmada: Milton Ray Guevara, juez presidente; Rafael Díaz Filpo, juez primer sustituto;José Alejandro Ayuso, juez; Alba Luisa Beard Marcos, jueza; Manuel Ulises Bonnelly Vega, juez; Domingo Gil, juez; María del Carmen Santana de Cabrera, jueza; Miguel Valera Montero, juez; José Alejandro Vargas Guerrero, juez; Eunisis Vásquez Acosta, jueza; Grace A. Ventura Rondón, secretaria.

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